proponecontra la sentencia impugnada, los siguientes medios de casación: “Primer motivo: violación a plazo razonable por prescripción, artículos 44.2 y 45 del Código Procesal Penal. Segundo motivo: contradicción e ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia.Tercer motivo: sentencia infundada y violación al principio de la formulación Elplazo para formalizar recurso de apelación contra las sentencias por delitos leves es un plazo sumario de tan solo cinco días, conforme dispone el Art. 976 LECr. Dicho plazo es preclusivo a las partes, y por ende, cualquier presentación extemporánea debe ser inadmitida de plano. Esto es una de las cuestiones o problemáticas más MODELORECURSO CASACIÓN PENAL EXCEPCIONAL. Imaginemos que se impone por sentencia de vista una pena privativa de la libertad menor a seis (6) años, conforme al artículo 427 del Nuevo Código Procesal Penal esta sentencia no podría ser recurrida en casación, sin embargo, este mismo artículo 427 establece una excepción a la regla Sentencianº 038 de Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Penal, 13-05-2021. El recurso de revisión es un medio de impugnación de carácter extraordinario, que procede sobre sentencia condenatoria firme, aquella que ha adquirido el carácter de cosa juzgada en virtud de haberse agotado o no ser procedentes contra dicha CámaraFederal de Apelaciones en lo Penal Económico (domicilio electrónico 20185118704 – CUIF 51000002228), en la causa caratulada como se menciona en el epígrafe digo: I. OBJETO Que vengo a interponer el recurso de casación previsto por el artículo 456 del CPPN, contra la resolución de esa Sala del 23 de mayo de 2019, Resuelvela Sala la impugnación especial propuesta por el defensor de S.P. y N.J.R.T. contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 11 de octubre de 2019, que revocó la absolutoria dictada el 27 de octubre de 2017 por el Juzgado Quince Penal del Circuito y, en su lugar, las condenó como cómplices del delito de homicidio Enfrentaruna condena penal es una de las experiencias más difíciles que una persona puede vivir. Por esto, es muy importante que los condenados y sus seres queridos conozcan algunos conceptos básicos con respecto a Salade lo Penal Sede:Madrid Sección:1 Fecha:24/02/2022 Nº de Recurso:643/2020 Nº de Resolución:171/2022 Procedimiento:Recurso de casación Ponente:MANUEL MARCHENA GOMEZ Tipo de Resolución:Sentencia T R I B U N A L S U P R E M O Sala de lo Penal Sentencia núm. 171/2022 Fecha de sentencia: 24/02/2022 Tipo de procedimiento: Posteriormente se remite el procedimiento al Juzgado a efectos de ejecución del fallo. Contra la sentencia de apelación solo cabe recurso de casación en los supuestos previstos en el art. 847 LECrim, sin perjuicio de lo establecido respecto de la revisión de sentencias firmes y la posibilidad de impugnación de sentencias firmes dictadas Losrecursos de casación pendientes de resolución a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, a excepción de aquellos que hayan sido interpuestos contra sentencias de juicio oral, juicio abreviado y directísimo en materia criminal, serán resueltos por las Salas Transitorias “ad hoc” integradas para la emergencia por los jueces de las Cámaras de .

modelo de recurso de casación penal contra sentencia condenatoria